La ley Sinde:
La Ley Sinde es el nombre informal con el cual se conoce a un apartado particular de la Ley de Economía Sostenible, llamado “Disposición Final Segunda”, en que el Gobierno de Rodríguez-Zapatero intenta enfrentar la crisis que atraviesa España actualmente. Fue propuesta en mayo de 2009.
Ley Sinde es y funciona de la siguiente manera:
Para que la Comisión de Propiedad Intelectual actué debe recibir una denuncia (puede ser de particulares o sus respectivos representantes), ellos tendrán la potestad de determinar si hay falta o no; cuando determinan que sí, hay dos vías a recorrer:
El responsable de los contenidos que supuestamente vulneran la propiedad intelectual o aquel proveedor de acceso al que está conectado un servidor que hospeda los contenidos, tiene 48 horas para que, voluntariamente, retire el contenido en cuestión. Esto, se hace por medio de una petición en la que no intercede ningún organismo jurídico. En caso de no retirarse ocurre lo siguiente:
Plazo de 2 días para que se presenten las pruebas del lado de quien demanda y del lado de quien es demandado, que se niega a retirar el contenido.
Plazo de 5 días para presentar las conclusiones de las pruebas introducidas por las partes.
La Comisión de Propiedad Intelectual tiene un plazo de 3 días para dictar resolución.
La Ley Sinde es el nombre informal con el cual se conoce a un apartado particular de la Ley de Economía Sostenible, llamado “Disposición Final Segunda”, en que el Gobierno de Rodríguez-Zapatero intenta enfrentar la crisis que atraviesa España actualmente. Fue propuesta en mayo de 2009.
Ley Sinde es y funciona de la siguiente manera:
Para que la Comisión de Propiedad Intelectual actué debe recibir una denuncia (puede ser de particulares o sus respectivos representantes), ellos tendrán la potestad de determinar si hay falta o no; cuando determinan que sí, hay dos vías a recorrer:
El responsable de los contenidos que supuestamente vulneran la propiedad intelectual o aquel proveedor de acceso al que está conectado un servidor que hospeda los contenidos, tiene 48 horas para que, voluntariamente, retire el contenido en cuestión. Esto, se hace por medio de una petición en la que no intercede ningún organismo jurídico. En caso de no retirarse ocurre lo siguiente:
Plazo de 2 días para que se presenten las pruebas del lado de quien demanda y del lado de quien es demandado, que se niega a retirar el contenido.
Plazo de 5 días para presentar las conclusiones de las pruebas introducidas por las partes.
La Comisión de Propiedad Intelectual tiene un plazo de 3 días para dictar resolución.
¿Cómo afecta esta nueva ley a la publicidad?
Tras este breve resumen sobre lo qué es y lo que conlleva esta nueva ley, podemos hacer una reflexión sobre los efectos que se derivan de la misma en el campo de la publicidad.
Es cierto, que en ausencia de la ley Sinde la publicidad (una forma de comunicación utilizada por particulares, grandes empresas o por la administración pública para alcanzar unos objetivos de marketing previamente estipulados) se ve beneficiada por diversos motivos.
Entre ellos, se encuentra el hecho de que la publicidad es una herramienta basada en la creatividad, por lo que si en Internet circulan todo tipo de contenidos a los cuales los usuarios pueden acceder gratuitamente, la intervención de los publicistas será más demandada con el objetivo de que éstos creen nuevas promociones que atraigan al usuario a comprar de manera legal todo aquello que circula gratuitamente en la red. Con esto, me refiero a tácticas como la de ofrecer elementos adicionales, ejemplo de ello sería la de anunciar un disco con canciones inéditas cuya disposición sea imposible a menos que se pague el precio del propio disco; libros que introduzcan novedades del autor (ya sea capítulos no publicados, recomendaciones, un CD con música ambiente…) o películas que incluyan escenas cortadas para incentivar la compra del DVD o fomentar el hecho de ir al cine.
Seguramente una de las mejores formas de evitar grandes polémicas o un enfrentamiento entre los defensores del uso libre de Internet y los creadores ,según mi opinión, sería la de sustituir la intervención de las distribuidoras por una nueva manera de actuar. Es decir, que los autores firmasen contratos con las distribuidoras en las que estipulasen una nueva condición: la de poder distribuir su material en Internet libremente, de tal forma que pudieran colgar sus contenidos en su página web personal gratuitamente y a su vez contratar publicidad a bajo coste. Esto supondría que los grandes beneficios irían a parar a sus manos, respetando así sus derechos de autor mientras que las distribuidoras serían las grandes perjudicadas. En la actualidad, el papel de las distribuidoras se ve frenado por el peso de Internet, pero con lo anteriormente mencionado tanto creadores como usuarios saldrían ganando. Concluyendo, la ley Sinde tiene un efecto negativo sobre la publicidad ya que actúa como freno de la misma
Tras este breve resumen sobre lo qué es y lo que conlleva esta nueva ley, podemos hacer una reflexión sobre los efectos que se derivan de la misma en el campo de la publicidad.
Es cierto, que en ausencia de la ley Sinde la publicidad (una forma de comunicación utilizada por particulares, grandes empresas o por la administración pública para alcanzar unos objetivos de marketing previamente estipulados) se ve beneficiada por diversos motivos.
Entre ellos, se encuentra el hecho de que la publicidad es una herramienta basada en la creatividad, por lo que si en Internet circulan todo tipo de contenidos a los cuales los usuarios pueden acceder gratuitamente, la intervención de los publicistas será más demandada con el objetivo de que éstos creen nuevas promociones que atraigan al usuario a comprar de manera legal todo aquello que circula gratuitamente en la red. Con esto, me refiero a tácticas como la de ofrecer elementos adicionales, ejemplo de ello sería la de anunciar un disco con canciones inéditas cuya disposición sea imposible a menos que se pague el precio del propio disco; libros que introduzcan novedades del autor (ya sea capítulos no publicados, recomendaciones, un CD con música ambiente…) o películas que incluyan escenas cortadas para incentivar la compra del DVD o fomentar el hecho de ir al cine.
Seguramente una de las mejores formas de evitar grandes polémicas o un enfrentamiento entre los defensores del uso libre de Internet y los creadores ,según mi opinión, sería la de sustituir la intervención de las distribuidoras por una nueva manera de actuar. Es decir, que los autores firmasen contratos con las distribuidoras en las que estipulasen una nueva condición: la de poder distribuir su material en Internet libremente, de tal forma que pudieran colgar sus contenidos en su página web personal gratuitamente y a su vez contratar publicidad a bajo coste. Esto supondría que los grandes beneficios irían a parar a sus manos, respetando así sus derechos de autor mientras que las distribuidoras serían las grandes perjudicadas. En la actualidad, el papel de las distribuidoras se ve frenado por el peso de Internet, pero con lo anteriormente mencionado tanto creadores como usuarios saldrían ganando. Concluyendo, la ley Sinde tiene un efecto negativo sobre la publicidad ya que actúa como freno de la misma
Tanto hablar de la ley Sinde en clase y que poco interés despierta jaja
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